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Cuatro cosas que debes saber sobre el proceso de retracto de matrícula en educación superior

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  • Si por alguna razón te arrepentiste de matricularte en una institución de educación superior, tienes la posibilidad de anular tu matrícula en un plazo de 10 días. En el caso de las universidades adscritas al Sistema de Acceso para la Admisión, el plazo termina el 27 de enero. 

¿Qué pasó?

Ya se publicaron los resultados de las postulaciones a las universidades adscritas al Sistema único de Admisión y junto con ello, miles de jóvenes comenzaron a escoger las carreras e instituciones en las que estudiar. Si tú eres uno de ellos, pero te arrepentiste de tu decisión, tranquilidad, porque existe el derecho a retracto.  

¿Qué es y cómo hacerlo válido?

El derecho a retracto es la posibilidad que tienen todos los estudiantes matriculados en una institución de educación superior, tanto universidad, Centro de Formación Técnica (CFT) o Instituto Profesional (IP) para retractarse y anular el contrato firmado. 

Para realizar el trámite, debes presentar el comprobante de tu segunda matrícula ante la institución en la que te inscribiste originalmente. Idealmente, este documento debe ser acompañado de una carta en la que indiques que quieres ejercer este derecho (puedes descargar el modelo dispuesto por el Ministerio de Educación aquí)

¡Ojo! Para asegurarte de que todo quede en regla, debes solicitar a la institución que timbre o firme la carta presentada y así dejar constancia de que el derecho se hizo efectivo.

¿Hasta cuándo puedo ejercer el derecho a retracto?

La validez de este derecho es de 10 días corridos desde que el estudiante se matricula, y para hacerlo efectivo debe comprobarse que ya se encuentra inscrito en otra institución de educación superior. En el caso de las universidades del Sistema Único de Admisión, este plazo se extenderá hasta el viernes 27 de enero.   

¿Qué pasa con el dinero de la matrícula? 

Si ya pagaste un monto específico por concepto de matrícula, la institución tiene la obligación de reembolsar ese dinero en un plazo de 10 días desde que se efectúe el retracto. Sin embargo, existe la posibilidad de que la universidad, IP o CFT retenga hasta el 1% del arancel anual de la carrera por conceptos de administración. 

Puedes encontrar más información sobre este proceso en www.ayudamineduc.cl 

 

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calendar_today 19 de enero de 2023